Acreditación de prensa
Tarjeta de acreditación anual 2026
Con esta tarjeta ya no tendrá que solicitar acreditación para cada uno de los actos. También le permite acceder al Consejo durante los días laborables en los que no hay cumbres ni actos de alto nivel.
La tarjeta de acreditación anual solo se expide a:
- nacionales de la UE o la AELC que residan en Bélgica;
- nacionales de terceros países que hayan residido en Bélgica durante al menos cinco años.
Ya se han cerrado las solicitudes para el año 2026.
Durante 2026 volverá a abrirse el período de inscripción.
Contacto
Si necesita ayuda para las acreditaciones, póngase en contacto con el centro de prensa:
Contacto
- Centro de Prensa
- +32 2 281 90 00
- [email protected]
Acreditación para cumbres y actos de alto nivel
Los representantes de los medios de comunicación que deseen cubrir en persona cumbres de la UE y actos de alto nivel deberán inscribirse con antelación.
La acreditación de los medios de comunicación para las cumbres internacionales celebradas fuera de la Unión Europea será gestionada por las autoridades gubernamentales del país anfitrión.
Para recibir información actualizada sobre la acreditación, puede:
Acreditación para reuniones ministeriales y otros actos
Los profesionales de los medios de comunicación que deseen cubrir reuniones ministeriales y cualquier otra reunión (con excepción de las cumbres y los actos de alto nivel) pueden elegir entre tres opciones:
- la tarjeta de acreditación de un día;
- la tarjeta de acreditación anual;
- la tarjeta de acreditación interinstitucional de la UE.
Acreditación de un día
Puede obtenerse en el mostrador de seguridad que se encuentra en la entrada del centro de prensa. Deberá presentar los siguientes documentos:
- un pasaporte o documento de identidad válido;
- un carné de prensa nacional válido o una carta firmada por el redactor jefe de su medio de comunicación que confirme que es usted periodista y que indique el acto del que va a informar.
Tarjeta de acreditación anual
La tarjeta de acreditación anual para las cumbres de la UE también puede utilizarse para acceder al Consejo los días laborables ordinarios.
Tarjeta de acreditación interinstitucional de la UE
Las instituciones de la UE tienen un sistema de acreditación común para los corresponsales destinados en Bruselas. La Comisión Europea gestiona este sistema.
Los titulares de la tarjeta de acreditación interinstitucional tienen acceso a las instalaciones de prensa del Consejo, de la Comisión Europea y del Parlamento Europeo.
Condiciones
Todos los periodistas acreditados deben respetar las normas generales aplicables al centro de prensa y las demás normas específicas que establezca la Secretaría General del Consejo.
No están autorizados a publicar en internet o en medios sociales, bajo ninguna circunstancia, fotografías o imágenes de la tarjeta expedida ni imágenes en la que esta aparezca. Se comprometen asimismo a que ningún tercero publique en internet o en medios sociales fotografías o imágenes de dicha tarjeta.
La oficina de prensa de la Secretaría General del Consejo se reserva el derecho de revocar las acreditaciones de cualquier periodista cuyo comportamiento interfiera en el buen funcionamiento de los medios de comunicación o de otras actividades de las instituciones europeas.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Solo pueden acceder a esta acreditación los periodistas de medios de comunicación legítimos.
La oficina de prensa del Consejo estudia las solicitudes con arreglo a criterios definidos junto con la Asociación Internacional de Prensa.
Las solicitudes de tarjeta de acreditación anual están sujetas además a una verificación de seguridad. Por lo tanto, la información que se presente será utilizada por la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea y enviada a una o varias autoridades nacionales de seguridad.
Los periodistas que soliciten la acreditación de prensa para el Consejo Europeo deben cumplir los criterios siguientes:
- ser empleados de un medio de comunicación legítimo o ser periodistas autónomos y ocuparse regularmente de asuntos de la UE para un medio de comunicación legítimo;
- el periodismo debe ser su principal fuente de ingresos.
¿Qué es un medio de comunicación legítimo?
Para ser considerado medio de comunicación legítimo, su organización debe:
- ser independiente desde el punto de vista editorial y ser una organización comercial sin restricciones de distribución;
- ser transparente en cuanto a sus modalidades y fuentes de financiación;
- informar sobre las actividades de las instituciones europeas.
Requisitos adicionales para los medios en línea: deben tener un sitio web profesional en línea que cumpla las normas establecidas para los medios de comunicación (véase más arriba) y tener un domicilio y un número de teléfono específicos y verificables.
La mayoría del contenido del sitio web debe:
- cubrir noticias, crónicas o análisis propios;
- cubrir los asuntos de la UE;
- actualizarse al menos una vez por semana.
¿Quién no cumple los requisitos?
- las publicaciones en papel o en línea divulgativas o de promoción de organizaciones no gubernamentales o sin ánimo de lucro;
- los grupos de reflexión o grupos de interés;
- el Consejo rechazará las solicitudes de aquellas personas que no sean periodistas o que sean miembros de un grupo de presión o consultores y de las que ejerzan una actividad profesional complementaria que considere incompatible con una acreditación de prensa.
¿Qué criterios se emplean para estudiar su solicitud?
El Servicio de Prensa de la Secretaría General del Consejo estudia todas las solicitudes de acreditación. Para ello, puede pedirle que facilite información o documentación adicional (por ejemplo, certificado laboral, contrato laboral, prueba de ingresos, etc.). La Secretaría General también puede consultar a la Asociación Internacional de Prensa.
Si se le deniega la acreditación por no considerarle un periodista de un medio de comunicación legítimo, puede solicitar por correo electrónico una revisión de la decisión:
Deberá adjuntar pruebas pormenorizadas para demostrar que cumple los criterios mencionados. Su solicitud de revisión será examinada por el Servicio de Prensa de la Secretaría General del Consejo junto con la Asociación Internacional de Prensa. En espera de la decisión definitiva, el Servicio de Prensa de la Secretaría General del Consejo puede decidir si expedirle o no una acreditación temporal.
Última revisión: 19 de junio de 2026